Etiqueta: pirotecnia

  • La Policía Local velará por el cumplimiento del bando de pirotecnia

    La Policía Local velará por el cumplimiento del bando de pirotecnia

    El Ayuntamiento de Dos Hermanas ha anunciado que se va a garantizar, a través de la Policía Local, el cumplimiento del bando dictado por Alcaldía sobre la venta y uso de artificios pirotécnicos. Un año más, se ha recordado las normas que regulan la venta, suministro y uso de material pirotécnico de cara a la celebración de las próximas fiestas. De modo que, la venta y utilización de artificios pirotécnicos no podrá realizarse sino en la forma y con los requisitos que establece el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería aprobado por Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre (BOE de 7 de noviembre de 2015).

    Por lo tanto, para su venta tanto permanente como temporal será precisa la expresa autorización de la Delegación del Gobierno y cumplirse las condiciones que reseñan el citado Reglamento y la Circular de 25 de noviembre de 2014 de la Delegación del Gobierno de Andalucía sobre venta y uso de productos pirotécnicos. (BOJA de 17 de diciembre de 2014).

    Así, para garantizar la seguridad y tranquilidad ciudadana durante las próximas fechas, donde se generaliza el uso de diversos tipos de productos de pirotecnia, dicho bando recuerda la prohibición expresa del lanzamiento de cohetes, quema de petardos, tracas y demás artificios pirotécnicos en las vías y espacios de uso común públicos, en virtud de la Ordenanza Municipal de Policía, Buen Gobierno y Convivencia. Así, el lanzamiento de cohetes, quema de petardos, tracas y similares en zona urbana, por su peligrosidad y riesgos para personas y bienes así como por el ruido que producen, debe ajustarse a lo previsto en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y a la Ordenanza Municipal de Policía, Buen Gobierno y Convivencia publicada en el BOP de Sevilla de 21 de diciembre de 2021.

    Además, los castillos de fuegos artificiales solo podrán instalarse y dispararse por profesionales de talleres de pirotecnia debidamente legalizados, exclusivamente en espacios de titularidad privada.

    Categorías de los artificios

    A los efectos de su uso, las categorías de tales artículos previstas en el Art. 8.3.a) del RD 989/2015 son las siguientes:

    I.- Categoría F1: Artificios de pirotecnia de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante destinados a ser usados en zonas delimitadas, incluidos los artificios de pirotecnia destinados a ser utilizados dentro de edificios residenciales.
    II. Categoría F2: Artificios de pirotecnia de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido destinados a ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas.
    III. Categoría F3: Artificios de pirotecnia de peligrosidad media destinados a ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana.

    De acuerdo con el artículo 41 de la citada Ordenanza Municipal de Policía, Buen Gobierno y Convivencia, queda expresamente prohibida cualquier actividad pirotécnica en las vías y espacios de uso común públicos, salvo durante las fiestas populares y siempre que cuenten con la preceptiva autorización.

    Inspección de la Policía Local

    Para velar por el estricto cumplimiento de este bando, los efectivos de Policía Local van a realizar periódicamente tareas de inspección a los establecimientos dedicados a la venta de dicho material, denunciando todas aquellas infracciones que sean cometidas en aplicación de la legislación vigente al respecto.

    De acuerdo con el artículo 47.3 ese tipo de actividades es considerado infracción grave, que puede dar lugar a una sanción de hasta 2.000 euros. Así mismo se aplicará lo dispuesto en la Circular de 25 de noviembre de 2014, de la Delegación del Gobierno en Andalucía sobre venta y uso de productos pirotécnicos. (BOJA de 17 de diciembre de 2014).

  • Bando de Alcaldía sobre la venta y uso de pirotecnia

    Bando de Alcaldía sobre la venta y uso de pirotecnia

    El Ayuntamiento ha anunciado que se va a garantizar el cumplimiento del bando de Alcaldía sobre la venta y uso de artificios pirotécnicos, recordando las normas que regulan la venta, suministro y uso de material pirotécnico cara a la celebración de las próximas fiestas. De modo que la venta y utilización de artificios pirotécnicos no podrá realizarse sino en la forma y con los requisitos que establece el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería aprobado por Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre (BOE de 7 de noviembre de 2015).

    Por lo tanto, para su venta tanto permanente como temporal será precisa la expresa autorización de la Delegación del Gobierno y cumplirse las condiciones que reseñan el citado Reglamento y la Circular de 25 de noviembre de 2014 de la Delegación del Gobierno de Andalucía sobre venta y uso de productos pirotécnicos. (BOJA de 17 de diciembre de 2014).

    Así, para garantizar la seguridad y tranquilidad ciudadana durante las próximas fechas, donde se generaliza el uso de diversos tipos de productos de pirotecnia, dicho bando de Alcaldía recuerda la prohibición expresa del lanzamiento de cohetes, quema de petardos, tracas y demás artificios pirotécnicos en las vías y espacios de uso común públicos, en virtud de la Ordenanza Municipal de Policía, Buen Gobierno y Convivencia. Así, el lanzamiento de cohetes, quema de petardos, tracas y similares en zona urbana, por su peligrosidad y riesgos para personas y bienes, así como por el ruido que producen, debe ajustarse a lo previsto en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y a la Ordenanza Municipal de Policía, Buen Gobierno y Convivencia publicada en el BOP de Sevilla de 21 de diciembre de 2021.

    Además, los castillos de fuegos artificiales solo podrán instalarse y dispararse por profesionales de talleres de pirotecnia debidamente legalizados, exclusivamente en espacios de titularidad privada.

    Inspección de la Policía Local

    De acuerdo con el artículo 41 de la citada Ordenanza Municipal de Policía, Buen Gobierno y Convivencia, queda expresamente prohibida cualquier actividad pirotécnica en las vías y espacios de uso común públicos, salvo durante las fiestas populares y siempre que cuenten con la preceptiva autorización.

    Para velar por el estricto cumplimiento de este bando, los efectivos de Policía Local van a realizar periódicamente tareas de inspección a los establecimientos dedicados a la venta de dicho material, denunciando todas aquellas infracciones que sean cometidas en aplicación de la legislación vigente al respecto.

    De acuerdo con el artículo 28 de la citada Ordenanza Municipal de Policía, Buen Gobierno y Convivencia, queda expresamente prohibido el lanzamiento de cohetes, quema de petardos, tracas y demás artificios pirotécnicos en las vías y espacios de uso común públicos. La infracción de lo dispuesto será sancionada conforme a lo señalado en el Titulo X del Real Decreto 989/2015 de 30 de octubre y Arts. 69 y siguientes de la Ordenanza Municipal citada.

    De acuerdo con el artículo 47.3 ese tipo de actividades es considerado infracción grave, que puede dar lugar a una sanción de hasta 2.000 euros. Así mismo se aplicará lo dispuesto en la Circular de 25 de noviembre de 2014, de la Delegación del Gobierno en Andalucía sobre venta y uso de productos pirotécnicos. (BOJA de 17 de diciembre de 2014).

    Imagen: Freepik.

  • Intervención de material pirotécnico por la Policía Local

    Intervención de material pirotécnico por la Policía Local

    La Policía Local está llevando a cabo una serie de acciones para garantizar el cumplimiento del bando dictado por alcaldía sobre la venta y uso de artificios pirotécnicos. En esta semana, los agentes procedieron a la intervención de diverso material pirotécnico durante la inspección realizada a los establecimientos que se dedican a la venta de este tipo de artificios.

    Para garantizar la seguridad y tranquilidad ciudadana durante estas fiestas navideñas, donde se generaliza el uso de productos de pirotecnia, el delegado de Movilidad y Limpieza Urbana, Antonio Morán, ha recordado «la prohibición expresa del lanzamiento de cohetes, quema de petardos, tracas y demás artificios pirotécnicos en las vías y espacios de uso común públicos, en virtud de la Ordenanza Municipal de Policía, Buen Gobierno y Convivencia».

    Además, «los castillos de fuegos artificiales solo podrán instalarse y dispararse por profesionales de talleres de pirotecnia debidamente legalizados, exclusivamente en espacios de titularidad privada».

    Normativa vigente en la materia

    Morán ha destacado que «la venta y utilización de artificios pirotécnicos no podrá realizarse sino en la forma y con los requisitos que establece el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería aprobado por Real Decreto 989/2015 de 30 de octubre (BOE de 7 de noviembre de 2015)». Por lo tanto, para su venta tanto permanente como temporal será precisa la expresa autorización de la Delegación del Gobierno y cumplirse las condiciones que reseñan el citado Reglamento y la Circular de 25 de noviembre de 2014 de la Delegación del Gobierno de Andalucía sobre venta y uso de productos pirotécnicos.

    Para velar por el estricto cumplimiento de este bando, los efectivos de Policía Local están realizando periódicamente tareas de inspección a los establecimientos dedicados a la venta de dicho material. Además de denunciar todas aquellas infracciones que sean cometidas en aplicación de la legislación vigente al respecto con la intervención de materiales.

  • Nuevo bando municipal sobre la venta y uso de material pirotécnico

    Nuevo bando municipal sobre la venta y uso de material pirotécnico

    El alcalde de Dos Hermanas, Francisco Toscano, ha emitido un nuevo bando municipal sobre la venta y uso de material pirotécnico. Asegurando que para su venta permanente y total será precisa la autorización de la Delegación del Gobierno y cumplirse las condiciones del Real Decreto 989/2015 de 30 de octubre.

    Según el nuevo bando municipal los castillos de fuegos artificiales sólo podrán instalarse y dispararse por profesionales de talleres de pirotecnia debidamente legalizados, exclusivamente en espacios de titularidad privada. El lanzamiento de cohetes, quema de petardos, tracas y similares en zona urbana, por su peligrosidad y riesgos para personas y bienes así como por el ruido que producen, debe ajustarse a lo previsto en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y el Art. 11 de la Ordenanza Municipal de Policía,  Buen  Gobierno y Convivencia.

    En esta normativa se contempla el uso de los  artificios de pirotecnia de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante en zonas delimitadas, incluidos edificios residenciales, prohibidos para los menores de 12 años;  artificios de pirotecnia de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido para el aire libre en zonas delimitidas, prohibidos para menores de 16; y artificios de pirotecnia de peligrosidad media para el aire libre, en zonas de gran superficie y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana. No permitido para menores de 18 años.

    Pero, según el nuevo bando municipal, de  acuerdo con  el  artículo 28  de  la  Ordenanza Municipal de Policía, Buen Gobierno y Convivencia, queda expresamente prohibido el lanzamiento de cohetes, quema de petardos, tracas y demás artificios pirotécnicos en las vías y espacios de uso común públicos.

  • La Policía Local vigila el cumplimiento del bando sobre material pirotécnico

    La Policía Local de Dos Hermanas intervino en la tarde de ayer jueves, día 28, una cantidad importante de artículos pirotécnicos en el transcurso de la inspección realizada en un establecimiento ubicado en la Avenida de España, donde los agentes pudieron comprobar que se vendían estos artículos. (más…)

  • Los fuegos artificiales estrenan un novedoso sistema de disparo digital

    2001Repercutirá en su seguridad al desactivarse el espectáculo en caso de emergencia

    En las dos últimas ediciones de la Feria de Mayo el espectáculo de fuegos artificiales pendió de un hilo por los recortes presupuestarios marcados por la actual situación económica, aunque finalmente llegaron a celebrarse. En esta ocasión, el programa de la Feria de Mayo ha incluido desde un primer momento los fuegos como el tradicional colofón a cuatro días de fiesta. Para ello se ha vuelto a confiar en Pirotecnia Zaragozana, la empresa que en las últimas ediciones se ha encargado de este cometido.

    En esta ocasión el castillo de fuegos artificiales estrena un novedoso sistema de disparo digital que repercutirá, según Manuel Cabrera, director en Andalucía de la empresa, en la seguridad. Ya que, comenta, de producirse algún incidente durante su desarrollo, el sistema informático se paraliza en el acto.

    {xtypo_rounded_right4}9 mil euros
    es el presupuesto del castillo de fuegos artificiales que cerrará la Feria de Mayo.{/xtypo_rounded_right4}

    Comenzando a las 23:00 h. y con una duración aproximada de 17 minutos el castillo de fuegos artificiales hará disfrutar a los nazarenos el próximo domingo. Incluyendo los últimos efectos pirotecnios, en un espectáculo progresivo, que se desarrollará de menos a más, hasta el apoteósico final. Utilizando para ello los colores más vivos del mercado, organizados en secuencias bien definidas de colorido que faciliten su contemplación.

    En definitiva, un espectáculo muy atractivo y rítmico que pondrá la guinda a la fiesta.

    {xtypo_code}Producto nacional
    Desde Pirotecnia Zaragozana se insiste, según Manuel Cabrera, en que todos los productos que se emplearán en el castillo de fuegos artificiales son ‘made in spain’, con lo que esto repercute en la creacíón de puestos de trabajo.{!xtypo_code}