Etiqueta: imparcialidad

  • IU presentará en pleno una moción de apoyo a Garzón

    Pide al Ayuntamiento que muestre su rechazo por la campaña “de acoso” contra el juez

    El grupo municipal de Izquierda Unida va a presentar al pleno del mes de abril una moción de apoyo al juez Baltazar Garzón, tras las diligencias abiertas por el Tribunal Supremo a raíz de las acusaciones de prevaricación contra el magistrado. A IU le parece “sorprendente” que se abra un expediente de suspensión en base a una querella criminal interpuesta por intentar el juez investigar los “crímenes del franquismo y el Caso Gurtel”.

    Por ello se pide en pleno que el Ayuntamiento muestre su “solidaridad y apoyo” a Garzón por la campaña de “acoso y derribo” a la que está siendo sometido: exigir al Consejo General del Poder Judicial a que actúe con imparcialidad y que no tome decisiones hasta que no se produzcan resoluciones judiciales en los hechos que se le imputan; exigir que las víctimas del franquismo puedan tomar parte en el proceso del Tribunal Supremo; garantizar que los procedimientos por corrupción investigados por Garzón sigan adelante; dando cuenta de la moción al presidente del CGPJ.

     

  • El PP denuncia falta de transparencia en las oposiciones de Policía Local y Bomberos

    0001Los miembros de los tribunales calificadores son los mismos para todas las categorías

    El Partido Popular de Dos Hermanas ha denunciado “la falta de transparencia en los tribunales de examen para las plazas de bomberos y policía local”, fijadas para enero del año próximo. Según declaró el concejal Manolo Varela en rueda de prensa, “hablamos claro y sin tapujos de oscurantismo, opacidad y sospechosa actuación partidista en la selección de los candidatos a las plazas previstas para policía local y bomberos ”.

    Según Varela, los nombres de los miembros de los tribunales calificadores de la pruevas convocadas son “los mismos para todas las categorías”. Asimismo, para bomberos, prosigue, son los mismos que los designados en junio de 2008 para las plazas de provisión interina de bombero conductor, por lo que, comenta el concejal popular, “aquellos interinos tendrán más opciones de mérito, especialización y capacidad”.Hablando Varela de un “tribunal hecho a la medida del señor alcalde y no vemos imparcialidad de nombramientos a personas tan cercanas y afines tanto al regidor como a algunos candidatos”.

    El concejal popular recordó que su partido solicitó el pasado mes de julio la incorporación en el tribunal de gente de su confianza, obteniendo el silencio como respuesta. Asimismo, se recordó la petición presentada por los sindicatos de incluir en los citados tribunales una representación de la parte social, respondiéndose por escrito el pasado mes de octubre, según Varela, no acceder a dicha petición al considerar que “los funcionarios propuestos por la junta de personal no se ajustan a los principios de imparcialidad y profesionalidad y que tampoco lo harían ‘a título individual’”.

    En definitiva,según Manolo Varela, “se está jugando con el tiempo y el dinero de cientos de personas, los opositores, que desde ya deben saber que las plazas están dadas”, ya que. entre todos los opositores. 2.281, se va a recaudar más de 36 mil euros. Es por todo ello, y por todos ellos, “que denunciamos la manipulación, la mentira y el nepotismo demostrado por el equipo de gobierno en los muchos años que lleva en el poder”, concluyó Varela.

  • El PP denuncia falta de transparencia en las oposiciones de Policía Local y Bomberos

    0001Los miembros de los tribunales calificadores son los mismos para todas las categorías

    El Partido Popular de Dos Hermanas ha denunciado “la falta de transparencia en los tribunales de examen para las plazas de bomberos y policía local”, fijadas para enero del año próximo. Según declaró el concejal Manolo Varela en rueda de prensa, “hablamos claro y sin tapujos de oscurantismo, opacidad y sospechosa actuación partidista en la selección de los candidatos a las plazas previstas para policía local y bomberos ”.

    Según Varela, los nombres de los miembros de los tribunales calificadores de la pruevas convocadas son “los mismos para todas las categorías”. Asimismo, para bomberos, prosigue, son los mismos que los designados en junio de 2008 para las plazas de provisión interina de bombero conductor, por lo que, comenta el concejal popular, “aquellos interinos tendrán más opciones de mérito, especialización y capacidad”.Hablando Varela de un “tribunal hecho a la medida del señor alcalde y no vemos imparcialidad de nombramientos a personas tan cercanas y afines tanto al regidor como a algunos candidatos”.

    El concejal popular recordó que su partido solicitó el pasado mes de julio la incorporación en el tribunal de gente de su confianza, obteniendo el silencio como respuesta. Asimismo, se recordó la petición presentada por los sindicatos de incluir en los citados tribunales una representación de la parte social, respondiéndose por escrito el pasado mes de octubre, según Varela, no acceder a dicha petición al considerar que “los funcionarios propuestos por la junta de personal no se ajustan a los principios de imparcialidad y profesionalidad y que tampoco lo harían ‘a título individual’”.

    En definitiva,según Manolo Varela, “se está jugando con el tiempo y el dinero de cientos de personas, los opositores, que desde ya deben saber que las plazas están dadas”, ya que. entre todos los opositores. 2.281, se va a recaudar más de 36 mil euros. Es por todo ello, y por todos ellos, “que denunciamos la manipulación, la mentira y el nepotismo demostrado por el equipo de gobierno en los muchos años que lleva en el poder”, concluyó Varela.

  • La transparencia de Toscano

    Como no podía ser de otra manera y continuando con la nula transparencia que en más de veinte años le ha caracterizado, Toscano no quiere que en los tribunales de selección para las próximas oposiciones de Policía Local y de Bomberos esté nadie que él no desee. No en vano, según el estudio realizado en 2008 por Transparencia Internacional (TI), el Ayuntamiento de Dos Hermanas es medalla de plata en opacidad de entre todos los Ayuntamientos de España y a muy corta distancia de ser el primero.

    Para ello, es incluso capaz de interpretar el espíritu del legislador estatal para adaptar la norma a sus pretensiones; por cierto jurídicamente tiene la misma consistencia que la convocatoria de Policía Local, en la que pedía como requisito poseer una clase de carné diferente a lo señalado en las bases tipo de la Consejería de Gobernación, a las que debía ajustarse. Por sentencia judicial quedaron anuladas dichas bases.
    Desde que entró en vigor el EBEP 7/2007, no ha habido ningún órgano de selección constituido en la provincia de Sevilla, en el que no figuren representante/s de la parte social.

    Cree el Alcalde que los Funcionarios propuestos desde la Junta de Personal de este Ayuntamiento no se ajustan a los principios de imparcialidad y profesionalidad y que además no actuarían a título individual, como así establece la norma.

    No lo dude, estamos convencidos de que los miembros de los tribunales que usted y solo usted va a elegir y nombrar sí actúan a título individual y no representan a nadie.
    Por otra parte, no podíamos imaginar que al Alcalde le hiciera falta recurrir a la patraña para llevar a cabo sus ideas. De los veinticuatro Funcionarios/as propuestos por la parte social resulta que para el regidor, no hay ninguno que reúna los requisitos para formar parte de los tribunales. Poco menos que los Sindicatos velan por la ilegalidad en las oposiciones.

    En último término la pregunta que el Alcalde se ha hecho, nos la hacemos nosotros pero a la inversa, ¿dónde dice el art. 60 y sus apdos. del EBEP 7/2007, que los representantes sindicales no podrán participar como miembros de los tribunales? La propia doctrina e incluso la exposición de motivos de la norma en cuestión dejan bien claro quien no puede ser miembro de los tribunales: por “personal de elección”, se refiere a los miembros de las Corporaciones locales (incluido el Alcalde), o sea, los representantes políticos de los ciudadanos, con el objetivo mediato e inmediato de asegurar la imparcialidad y profesionalidad de los tribunales de selección.

    Por ello nos ratificamos en el estudio antes señalado y que termina diciendo: “la transparencia previene la corrupción, contribuye a la solidez de la democracia y a la legitimidad de las instituciones”.

  • La transparencia de Toscano

    Como no podía ser de otra manera y continuando con la nula transparencia que en más de veinte años le ha caracterizado, Toscano no quiere que en los tribunales de selección para las próximas oposiciones de Policía Local y de Bomberos esté nadie que él no desee. No en vano, según el estudio realizado en 2008 por Transparencia Internacional (TI), el Ayuntamiento de Dos Hermanas es medalla de plata en opacidad de entre todos los Ayuntamientos de España y a muy corta distancia de ser el primero.

    Para ello, es incluso capaz de interpretar el espíritu del legislador estatal para adaptar la norma a sus pretensiones; por cierto jurídicamente tiene la misma consistencia que la convocatoria de Policía Local, en la que pedía como requisito poseer una clase de carné diferente a lo señalado en las bases tipo de la Consejería de Gobernación, a las que debía ajustarse. Por sentencia judicial quedaron anuladas dichas bases.
    Desde que entró en vigor el EBEP 7/2007, no ha habido ningún órgano de selección constituido en la provincia de Sevilla, en el que no figuren representante/s de la parte social.

    Cree el Alcalde que los Funcionarios propuestos desde la Junta de Personal de este Ayuntamiento no se ajustan a los principios de imparcialidad y profesionalidad y que además no actuarían a título individual, como así establece la norma.

    No lo dude, estamos convencidos de que los miembros de los tribunales que usted y solo usted va a elegir y nombrar sí actúan a título individual y no representan a nadie.
    Por otra parte, no podíamos imaginar que al Alcalde le hiciera falta recurrir a la patraña para llevar a cabo sus ideas. De los veinticuatro Funcionarios/as propuestos por la parte social resulta que para el regidor, no hay ninguno que reúna los requisitos para formar parte de los tribunales. Poco menos que los Sindicatos velan por la ilegalidad en las oposiciones.

    En último término la pregunta que el Alcalde se ha hecho, nos la hacemos nosotros pero a la inversa, ¿dónde dice el art. 60 y sus apdos. del EBEP 7/2007, que los representantes sindicales no podrán participar como miembros de los tribunales? La propia doctrina e incluso la exposición de motivos de la norma en cuestión dejan bien claro quien no puede ser miembro de los tribunales: por “personal de elección”, se refiere a los miembros de las Corporaciones locales (incluido el Alcalde), o sea, los representantes políticos de los ciudadanos, con el objetivo mediato e inmediato de asegurar la imparcialidad y profesionalidad de los tribunales de selección.

    Por ello nos ratificamos en el estudio antes señalado y que termina diciendo: “la transparencia previene la corrupción, contribuye a la solidez de la democracia y a la legitimidad de las instituciones”.

  • La transparencia de Toscano

    Como no podía ser de otra manera y continuando con la nula transparencia que en más de veinte años le ha caracterizado, Toscano no quiere que en los tribunales de selección para las próximas oposiciones de Policía Local y de Bomberos esté nadie que él no desee. No en vano, según el estudio realizado en 2008 por Transparencia Internacional (TI), el Ayuntamiento de Dos Hermanas es medalla de plata en opacidad de entre todos los Ayuntamientos de España y a muy corta distancia de ser el primero.

    Para ello, es incluso capaz de interpretar el espíritu del legislador estatal para adaptar la norma a sus pretensiones; por cierto jurídicamente tiene la misma consistencia que la convocatoria de Policía Local, en la que pedía como requisito poseer una clase de carné diferente a lo señalado en las bases tipo de la Consejería de Gobernación, a las que debía ajustarse. Por sentencia judicial quedaron anuladas dichas bases.
    Desde que entró en vigor el EBEP 7/2007, no ha habido ningún órgano de selección constituido en la provincia de Sevilla, en el que no figuren representante/s de la parte social.

    Cree el Alcalde que los Funcionarios propuestos desde la Junta de Personal de este Ayuntamiento no se ajustan a los principios de imparcialidad y profesionalidad y que además no actuarían a título individual, como así establece la norma.

    No lo dude, estamos convencidos de que los miembros de los tribunales que usted y solo usted va a elegir y nombrar sí actúan a título individual y no representan a nadie.
    Por otra parte, no podíamos imaginar que al Alcalde le hiciera falta recurrir a la patraña para llevar a cabo sus ideas. De los veinticuatro Funcionarios/as propuestos por la parte social resulta que para el regidor, no hay ninguno que reúna los requisitos para formar parte de los tribunales. Poco menos que los Sindicatos velan por la ilegalidad en las oposiciones.

    En último término la pregunta que el Alcalde se ha hecho, nos la hacemos nosotros pero a la inversa, ¿dónde dice el art. 60 y sus apdos. del EBEP 7/2007, que los representantes sindicales no podrán participar como miembros de los tribunales? La propia doctrina e incluso la exposición de motivos de la norma en cuestión dejan bien claro quien no puede ser miembro de los tribunales: por “personal de elección”, se refiere a los miembros de las Corporaciones locales (incluido el Alcalde), o sea, los representantes políticos de los ciudadanos, con el objetivo mediato e inmediato de asegurar la imparcialidad y profesionalidad de los tribunales de selección.

    Por ello nos ratificamos en el estudio antes señalado y que termina diciendo: “la transparencia previene la corrupción, contribuye a la solidez de la democracia y a la legitimidad de las instituciones”.

  • La transparencia de Toscano

    Como no podía ser de otra manera y continuando con la nula transparencia que en más de veinte años le ha caracterizado, Toscano no quiere que en los tribunales de selección para las próximas oposiciones de Policía Local y de Bomberos esté nadie que él no desee. No en vano, según el estudio realizado en 2008 por Transparencia Internacional (TI), el Ayuntamiento de Dos Hermanas es medalla de plata en opacidad de entre todos los Ayuntamientos de España y a muy corta distancia de ser el primero.

    Para ello, es incluso capaz de interpretar el espíritu del legislador estatal para adaptar la norma a sus pretensiones; por cierto jurídicamente tiene la misma consistencia que la convocatoria de Policía Local, en la que pedía como requisito poseer una clase de carné diferente a lo señalado en las bases tipo de la Consejería de Gobernación, a las que debía ajustarse. Por sentencia judicial quedaron anuladas dichas bases.
    Desde que entró en vigor el EBEP 7/2007, no ha habido ningún órgano de selección constituido en la provincia de Sevilla, en el que no figuren representante/s de la parte social.

    Cree el Alcalde que los Funcionarios propuestos desde la Junta de Personal de este Ayuntamiento no se ajustan a los principios de imparcialidad y profesionalidad y que además no actuarían a título individual, como así establece la norma.

    No lo dude, estamos convencidos de que los miembros de los tribunales que usted y solo usted va a elegir y nombrar sí actúan a título individual y no representan a nadie.
    Por otra parte, no podíamos imaginar que al Alcalde le hiciera falta recurrir a la patraña para llevar a cabo sus ideas. De los veinticuatro Funcionarios/as propuestos por la parte social resulta que para el regidor, no hay ninguno que reúna los requisitos para formar parte de los tribunales. Poco menos que los Sindicatos velan por la ilegalidad en las oposiciones.

    En último término la pregunta que el Alcalde se ha hecho, nos la hacemos nosotros pero a la inversa, ¿dónde dice el art. 60 y sus apdos. del EBEP 7/2007, que los representantes sindicales no podrán participar como miembros de los tribunales? La propia doctrina e incluso la exposición de motivos de la norma en cuestión dejan bien claro quien no puede ser miembro de los tribunales: por “personal de elección”, se refiere a los miembros de las Corporaciones locales (incluido el Alcalde), o sea, los representantes políticos de los ciudadanos, con el objetivo mediato e inmediato de asegurar la imparcialidad y profesionalidad de los tribunales de selección.

    Por ello nos ratificamos en el estudio antes señalado y que termina diciendo: “la transparencia previene la corrupción, contribuye a la solidez de la democracia y a la legitimidad de las instituciones”.

  • La transparencia de Toscano

    Como no podía ser de otra manera y continuando con la nula transparencia que en más de veinte años le ha caracterizado, Toscano no quiere que en los tribunales de selección para las próximas oposiciones de Policía Local y de Bomberos esté nadie que él no desee. No en vano, según el estudio realizado en 2008 por Transparencia Internacional (TI), el Ayuntamiento de Dos Hermanas es medalla de plata en opacidad de entre todos los Ayuntamientos de España y a muy corta distancia de ser el primero.

    Para ello, es incluso capaz de interpretar el espíritu del legislador estatal para adaptar la norma a sus pretensiones; por cierto jurídicamente tiene la misma consistencia que la convocatoria de Policía Local, en la que pedía como requisito poseer una clase de carné diferente a lo señalado en las bases tipo de la Consejería de Gobernación, a las que debía ajustarse. Por sentencia judicial quedaron anuladas dichas bases.
    Desde que entró en vigor el EBEP 7/2007, no ha habido ningún órgano de selección constituido en la provincia de Sevilla, en el que no figuren representante/s de la parte social.

    Cree el Alcalde que los Funcionarios propuestos desde la Junta de Personal de este Ayuntamiento no se ajustan a los principios de imparcialidad y profesionalidad y que además no actuarían a título individual, como así establece la norma.

    No lo dude, estamos convencidos de que los miembros de los tribunales que usted y solo usted va a elegir y nombrar sí actúan a título individual y no representan a nadie.
    Por otra parte, no podíamos imaginar que al Alcalde le hiciera falta recurrir a la patraña para llevar a cabo sus ideas. De los veinticuatro Funcionarios/as propuestos por la parte social resulta que para el regidor, no hay ninguno que reúna los requisitos para formar parte de los tribunales. Poco menos que los Sindicatos velan por la ilegalidad en las oposiciones.

    En último término la pregunta que el Alcalde se ha hecho, nos la hacemos nosotros pero a la inversa, ¿dónde dice el art. 60 y sus apdos. del EBEP 7/2007, que los representantes sindicales no podrán participar como miembros de los tribunales? La propia doctrina e incluso la exposición de motivos de la norma en cuestión dejan bien claro quien no puede ser miembro de los tribunales: por “personal de elección”, se refiere a los miembros de las Corporaciones locales (incluido el Alcalde), o sea, los representantes políticos de los ciudadanos, con el objetivo mediato e inmediato de asegurar la imparcialidad y profesionalidad de los tribunales de selección.

    Por ello nos ratificamos en el estudio antes señalado y que termina diciendo: “la transparencia previene la corrupción, contribuye a la solidez de la democracia y a la legitimidad de las instituciones”.